-Solicitar facturas para acceder
a estímulos y descuentos en el pago de impuestos
-Publicarán en DOF nuevo plazo
para presentar declaración provisional de enero
El Servicio de Administración
Tributaria (SAT) dio a conocer las nuevas facilidades para que las personas que
estaban dentro del régimen intermedio o de actividades empresariales y
profesionales formen parte del Régimen de Incorporación Fiscal, así como la
actualización de la lista de contribuyentes incumplidos.
El SAT explicó que los
contribuyentes que pertenecían al Régimen Intermedio o al Régimen de
Actividades Empresariales y Profesionales, con ingresos menores de dos millones
de pesos y que deseen tributar en el Régimen de Incorporación Fiscal tienen
hasta el 31 de marzo para presentar el Aviso de actualización de actividades a
través del Portal de internet del SAT.
En el caso de los contribuyentes
que únicamente realizan venta de mercancías o prestan servicios al público en
general, con ingresos hasta por dos millones de pesos al año deberán elaborar
una factura electrónica con su venta global cada dos meses, elaborar una
declaración bimestral, que tratándose del periodo enero-febrero, esta se
entregará junto con la del periodo marzo-abril, en mayo.
También deberá entregar el
reporte de sus ingresos y sus gastos. Se destacó por el SAT que es importante
que soliciten factura de todas las compras que realicen para que tengan
oportunidad de acceder al beneficio de los estímulos y descuentos en el pago
impuestos durante el primer año.
Agregó el SAT que para cumplir
con estas disposiciones el contribuyente podrá asistir a las oficinas de
servicios al contribuyente más cercano para recibir la asistencia en el llenado
y envío de esta información.
Los contribuyentes cuyos clientes
deban emitir facturas electrónicas porque así se lo soliciten, podrán hacerlo
fácilmente a través del sistema “Mis Cuentas”; de la herramienta gratuita para
emitir facturas en el portal del SAT o acceder a los servicios de un auxiliar
de facturación.
Adicionalmente en la publicación
de nuevas reglas en el portal y en breve en el Diario Oficial de la Federación,
la autoridad fiscal anuncia la extensión del plazo a marzo para que las
personas físicas presenten su declaración de pago provisional o definitivo
correspondiente al mes enero de 2014.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario